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y este es nuestro pequeño espacio dedicado a la asignatura de "Enfermería Geriátrica y Gerontológica".

miércoles, 3 de octubre de 2012

BIBLIOGRAFÍA 3
El grueso de la ley de la reforma de pensiones entre en vigor en 2013

Bibliografía
M.S. El grueso de la ley de la reforma de pensiones entra en vigor en 2013. REV [en línea] 2012 Mayo [fecha de acceso 2 de Octubre de 2012]. URL disponible en: http://www1.seg-social.es/ActivaInternet/Panorama/REV_025628

La razón por la cual he elegido este artículo para desarrollar este tema, es porque actualmente el sistema de pensiones despierta muchas opiniones encontradas y de cara al futuro demasiadas preocupaciones, además explica de manera clara y concisa las principales novedades de la actual reforma de las pensiones.

La cuestión sería ¿por qué se reforman las pensiones? pues la explicación es básicamente demográfica. El envejecimiento de la población es una tendencia a largo plazo sin vuelta atrás. Las proyecciones estiman, de no entrar en vigor la reforma, en 30 años habrá en España el doble de pensionistas que ahora (17 millones frente a los 8,5 actuales). De las casi 4 en edad de trabajar por cada mayor de 65 años, pasaríamos en 2050 a 1,7.

Por lo tanto, considero que es conveniente estar al corriente de los cambios que ha va a originar la implantación de esta nueva ley.


La aplicación de esta ley se hará de forma gradual con un período transitorio de hasta el año 2027; no obstante; ya podemos saber cómo va a ser la reforma de las pensiones. Finalmente se extiende la edad de jubilación hasta los 67 años, aunque será posible jubilarse a los 65 años y cobrar el 100% siempre que se coticen 38,5 años. Pero este es sólo un resumen muy general.

Esta nueva ley incluye los siguientes cambios:

Cotización mínima e importe de pensión
Como he mencionado a partir del 2013 se irá elevando la edad de jubilación hasta los 67 años. Sin embargo, quienes coticen 38,5 años podrán jubilarse a los 65 años cobrando el 100% de la pensión, hecho casi improbable con la actual tasa de desempleo
.
La subida progresiva de la edad se articulará de forma que irá aumentando un mes cada año en los seis primeros meses, y dos meses cada año en los nueve siguientes años; de forma que en  2028 se alcanzarán los citados 67 años.

Otro aspecto significativo es que  para tener acceso a una pensión de jubilación se sigue manteniendo los mismos términos que en la actualidad. Hacen falta un mínimo de 15 años de vida laboral cotizada.

Con la finalidad de comprender mejor estos conceptos, creo que este gráfico habla por sí mismo del nivel de aseguramiento.


Sistema de cómputo
El cómputo de años que se tiene en cuenta para calcular la pensión pasa de los 15 años actuales a los 25 años. El cambio también será progresivo y se extenderá hasta 2023 a razón de un año más de cómputo por cada año que pase.

Jubilación parcial
No desaparece este tipo de jubilación pero tanto la empresa como el trabajador jubilado parcialmente deberán cotizar por la base de cotización que, en su caso, hubiera correspondido de seguir trabajando a jornada completa, algo que se aplicará en su totalidad a partir del año 2027 tras una aplicación gradual de la norma.

Jubilación anticipada
La nueva ley regula dos supuestos de anticipación de la edad de jubilación.
El primero de ellos, la jubilación anticipada a los 61 años, ya existente en la normativa actual, endurece sus condiciones de acceso.
  • Acreditación de un período de cotización de 33 años.
  • Estar inscrito en las oficinas de empleo durante al menos seis meses.
  • Que el cese de la relación laboral se haya producido como consecuencia de crisis o cierre de la empresa.
El segundo supuesto, novedoso en nuestra legislación, se trata del acceso a la prejubilación por voluntad del interesado. Los requisitos son:
  • Acreditar edad mínima de 63 años y 33 años de cotización efectiva
  • Que la pensión a percibir sea superior a la mínima.
En resumen, y para concluir, aunque estos cambios impliquen disgusto en la sociedad, creo que se debe tener en cuenta que la aplicación de la reforma tendrá efectos positivos sobre la sostenibilidad del sistema y  que tiene como afán garantizar el sistema de pensiones español al menos para el próximo medio siglo.

Por último, añadir que se incluye un factor de sostenibilidad que empezará a ser operable en 2027 y por el cual cada cinco años se revisará la esperanza de vida y se introducirán variables en el sistema en función de las mismas.

Realizado por Cristina Felipe Sánchez (02/10/2012)

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